Karina Gómez Medrano
Estudiante-
Respecto al art. 101 LFT, puedo comentar que el pago de salario no será negociable ni intercambiable, asi como el pago debera de ser al tipo de moneda actual, es tambien saber que actualmente las empresa no damos opcion por la forma de pago, debido a que ya es de manera electronica por practividad, se cuenta con un banco ya definido, pero…
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Respecto al salario emocional se puede considerar aquello que no resulta de un pago economico como tal, es todo aquello que permite al colaborador sentirse satisfecho en el lugar de trabajo, cuando se cuenta con empleados contentos, se puede pensar que el trabajador continuara en el trabajo, asu vez esto permite tener controlado en cierta…
