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    • Título Sexto

      Del Trabajo y de la Previsión Social

      Artículo 123. Toda persona tiene derecho al trabajo digno y socialmente útil; al efecto, se promoverán
      la creación de empleos y la organización social de trabajo, conforme a la ley.

      Como observación personal, que interesante es conocer y darle otra perspectiva a lo que es un trabajador en la constitución, la importancia de los salarios en referencia a las utilidades, que en algunas ocasiones a los patrones les molesta que los trabajadores exigan ese derecho, o en el caso de las embarazadas que después de toda su incapacidad, tiene el derecho de dos descansos diarios para alimentar a sus hijos.

      Y algo que en algunas ocasiones pasa es que para entran a un proceso laboral se le cobra al colaborador para participar, sin embargo están violando su derecho ya que la fracc. XXV. dice, El servicio para la colocación de los trabajadores será gratuito para éstos, ya se
      efectúe por oficinas municipales, bolsas de trabajo o por cualquier otra institución
      oficial o particular.

      Como mexicanos en ocasiones no tenemos la cultura de investigar y analizar nuestros derechos.