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    • El artículo 101 nos indica que el salario en efectivo debera realizarse en moneda nacional y que no se puede realizar con un vale o algo que pueda sustituir la moneda.

      Puede realizarse por medio de transferencia bancaria entre otras y que la empresa tiene la obligación de proporcionar un comprobante impreso con toda la información detallada.

      Me encanta
      Tania Alejandra Intlacque García, Natalia de Jesús Mauricio García y otros 4
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